ESPACIO APICOLA - CORDOBA - ARGENTINA

Revista de Apicultura del Centro del País

DUMPING EN MIEL EN EE.UU.

ESPERANDO UNA RESOLUCION PRELIMINAR PARA JUNIO 2024

28 de Marzo de 2024

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(Espacio Apícola - el 28 de marzo de 2024 Actualizada sobre INDIA el 29/3 ) Según las normas del Departamento de Comercio de los Estados Unidos (DOC) el pasado 1º de marzo, éste debió expedirse con los Resultados Preliminares de la Primera Revisión Administrativa de la orden de aranceles antidumping practicada entre noviembre de 2021 y mayo de 2023. Acorde a la misma normativa y ante la imposibilidad de cumplir con ese plazo, el DOC recurrió al plazo máximo permitido, postergando la publicación de los Resultados Preliminares para el 28 de junio próximo. (según el memorandum publicado por el DOC con el Barcode: 4507919-01, del 13 de febrero de 2024).

¿Qué pasó durante estos 9 meses de revisión? (AQUÍ nuestro reporte del 22 de diciembre de 2023) En marzo de 2024 los escenarios se modificaron principalmente con las empresas de los países donde hubo movimiento de entrada y salida de empresas en la investigación aunque en los que no hubo ese movimiento se manifiestan también hechos reveladores. Actualizamos ahora las novedades desde el pasado 22 de diciembre en que publicamos nuestro último reporte al respecto

MIEL DE ARGENTINA
ACA y NEXCO, las dos empresas argentinas investigadas durante el período inicial se presentaron para defender su situación en esta nueva instancia. Aparentemente las varias decenas de documentos en los que se discutió sobre la metodología implementada por el DOC, para la que el mismo DOC pidió la opinion para mejorar el desarrollo de las investigaciones, fueron inútiles. El DOC sigue enviando cuestionarios para ser respondidos por productores primarios y acopiadores, con el mismo grado de complejidad de siempre pero con le agravante de eligir a pequeños productores que tienen mucha menos capacidad de responder a los mismos. Las empresas interpeladas se desviven señalando su voluntad de colaborar y pidiendo la recurrente postergación de plazos para la entrega de esos cuestionarios. Por su parte, los peticionantes (Sioux H.A. y la A.H.P.A.) vuelven a los mismos planteos de tres años atrás, que los reportes de costos de los apicultores son insuficientes y que todo debe ser expresado en pesos argentinos o bien acompañar las declaraciones de costos en dólares con los respectivos documentos respaldatorios en la misma moneda. Un diálogo de sordos que no termina en nada positivo y sólo produce desgaste y grandes erogaciones en honorarios de abogados. Hay que destacar que en función de la brecha cambiaria que existió hasta diciembre de 2023, donde los importadores de insumos debieron comprar dólares a tres veces el valor del dólar oficial, produjo una gran distorción en la que el precio de varios insumos en el mercado local triplicaron el valor de la mercadería en dólares. Recién en estos días de fines de marzo algunos precios de insumos importados se retrotrajeron en dólares a valores cercanos a los del 2020 (Ej. un principio activo contra varroa se llegó a vender a más de USD 11 el kg a mediados de 2023, a principios de este año bajó a poco más de USD 8 hasta esta semana su precio bajo a menos de USD 4 el kg, siempre hablando de dólares oficiales a los que sólo algunos importadores acomodados tenían acceso). La situación llevó a que otras importantes empresas exportadoras de miel de Argentina, que en otra oportunidad hubieran solicitado ser investigadas para acceder a la brevedad a aranceles más convenientes, decidieron no recurrir a ese mecanismo.

MIEL DE BRASIL
La investigación del dumping de la miel brasileña había quedado acotada a la empresa MELBRAS debido a que Apiarios Diamante fue sancionada y apartada de la investigación inicial por hechos adversos (AFA). En lugar de Apiarios Diamante, fue convocada Apis Nativa. La intención de Minamel, de sumarse a la investigación y ocupar el lugar y por haber comprado Apiarios Diamante fue rechazada por el DOC tal como lo señalamos en nuestro reporte del pasado mes de diciembre.
Para esta primera revisión se sumó entonces Apis nativa quien el pasado 26 de febrero presentó una nota (Barcode: 4514412-01) señalando las mismas dificultades que tienen NEXCO y ACA, de Argentina, para que los apicultores respondan los cuestionarios del Departamento de Comercio (DOC) y proponen se les tome su precio de compra de miel como su costo de producción, al igual de lo que oportunamente logró MELBRAS, en circunstancias similares, durante la investigación inicial y por lo que se vio beneficiada con un arancel de sólo 7,89% que, a diferencia del caso argentino, quedó para todas las demás empresas exportadoras de Brasil por los mecanismos que publicamos en Espacio Apícola nº 136.
Además de esta circunstancia a ambas empresas se les pidió respondan un cuestionario específico sobre el desempeño de las mismas. Se le pidió a cada una que expresamente "Describa las instalaciones y procesos aplicados a la miel cruda en su empresa".
Melbras, que durante la investigación inicial sostuvo que por la condición económica y de educación de los apicultores que le proveen la miel, éstos no estaban capacitados para responder a los cuestionarios sobre los costos de producción, a la hora de describir su proceso dicen textualmente: "Antes de que la miel llegue a Melbras, se hace la cosecha y separación de la miel de los panales. La separación de los panales (extracción) es realizada manualmente y usando una centrífuga. La miel es colocada en tambores, inspeccionada, clasificada por origen floral y según sea convencional, orgánica, 'naturland' y/o 'fair trade', por la región y así es enviada a Melbras". -Pareciera entonces que quienes no serían capaces de responder un cuestionario sí pueden hacer las diferenciaciones mencionadas, incluso las de costos para pertenecer al sistema de certificación 'Fair Trade'-. Melbras -continúan diciendo- procesa este producto con procedimientos que ni siquera son enunciados para el público en general y que sólo habrían sido descriptos para el DOC (Barcode: 4489960-01).
Por su parte la respuesta general de Apis Nativa es más franca y revela datos de proceso que para Apimondia son considerados adulteraciones de la miel, una perspectiva que podríamos considerar muy europea y de segregación a ciertas regiones subtropicales húmedas. Además de incluir la dirección y una fotografía de la planta de procesamiento y el área de ventas, dice: "Como Apis respondió en la sección D del cuestionario inical del DOC, la miel cruda sin procesar es recibida en la planta de procesamiento de Apis donde es pesada, muestreada y etiquetada. La producción comienza con la emisión de la orden de producción. En base a las especificaciones de 'la miel que se producirá', Apis seleccional los tambores específicos con miel cruda sin procesar que serán mezclados para la 'elaboración del producto final'. Los tambores seleccionados son inspeccionados y si la miel está cristalizada, los tambores entran en un proceso de licuefacción en un cuarto calefaccionado, luego de lo cual se somete a la 'deshumidificación' y filtrado. La miel es vertida en un tanque mezclador para hacer el blend (homogeneización). La miel procesada es envasada en tambores, etiquetada, muestreada y pesada o apartada para futuros procesos".

MIEL DE INDIA
Los peticionantes viene cuestionando sistemáticamente las respuestas de las empresas indias.
Respecto a Indocan Honey Private Limited, afirman que estos no presentan documentación respaldatoria sobre la reconciliación contable de sus operaciones en el mercado interno y solicitan al DOC les envíen más cuestionarios (Barcode:4531488-01, 7 de diciembre de 2023) y presumen que la miel que supuestamente es para el mercado interno en realidad es para ser exportada, o bien se mezclan los costos de producción, por lo que le piden al DOC que solicite exhaustivos documentos donde se especifiquen los distintos productos, sus códigos internos y su mercado, especialmente cuando Indocan invoca vender mieles monoflorales en el mercado interno (que no serían objeto de esta investigación y no debiera interferir el análisis de costos) y libre de impuestos. Los peticionantes arguyen que los precios de la miel vendida en el mercado interno en Rupias son aberrantes pues ventas similares tendrían enorme diferencia de precios.
En medio de esta interpelación surgió el comentario de que el gobierno indio estaría por fijar un precio mínimo de exportación de miel.
(Añadido el 29 de marzo por información recibida de Fernando C. de Uruguay, con documentación respaldatoria) Con fecha del 14 de marzo del corriente se publicó en la Gazeta de India, del Directorio de Comeercio Internacional del Ministerio de Comercio e Industria, en Delhi la imposición de un precio mínimo (MEP) a la exportación de miel hasta el 31 de diciembre de este año de U$S 2000 la tonelada métrica. Cabe aclarar que para los países del Commonwealth es necesario especificar a qué medida nos referimos (la tonelada métrica es equivalente a 1000 kg y es la del Sistema Internacional; la tonelada británica o tonelada larga es equivalente a 2240 libras, y la estadounidense equivale a 2000 libras).
Todo este planteo parece estar muy lejos de un "análisis de costos" y simplemente muestra que la miel se vende según la cara, la condición, el mercado en el que se desenvuelve el cliente.

MIEL DE VIETNAM
Desde el cierre de la investigación inicial en la que la intervención del lobby del gobierno vietnamita con senadores y representantes del congreso estadounidense y ocasionales daminificados en los Estados Unidos esta investigación está viciada de intereses ajenos al objeto de la investigación en sí y transparenta de modo muy grosero toda la operatoria de este proceso antidumping contra las mieles de los países proveedores interpelados.
Actualmente y en torno a las dos empresas vietnamitas investigadas, "DarkHoney" y "Ban Me Thuot", hay una chorrera de presentaciones hechas por los peticionantes cuestionando distintos puntos de la proposición finalmente aceptada en la investigación primaria, la aceptación de la información de mercado proveniente de India, como subrogante, para inferir los costos de producción en Vietnam... algo que, según los peticionantes, el mismo DOC consideraria inviable en función de que "en la Oficina de Políticas (del DOC) India no aparece en la lista de países comparables economicamente con Vietnam" (barcode: 4527096-01, del 25 de marzo de 2024). De ahí en más ¡que podemos agregar!, sin considerar siquiera que la discusión sobre los aranceles impuestos a India está también en proceso de revisión.

Fernando Esteban


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