
(Espacio Apícola, 18 de agosto de 2021) Los peticionantes de acciones antidumping contra miel de
Argentina,
Brasil,
India,
Ucrania y
Vietnam solicitaron al
DOC de
Estados Unidos postergar la
Determinación Preliminar, originariamente prevista para el próximo 28 de septiembre. El plazo máximo al que podría extenderse es el 17 de noviembre (190 días después de la fecha en que el Secretario inició la investigación).
Entre los argumentos señalan: que han encontrado deficiencias en las respuestas iniciales de las empresas investigadas; "
posponer la Determinación Inicial permitirá a la agencia enviar cuestionarios suplementarios y adicionales para clarificar sus respuestas iniciales y determinar con precisión la magnitud del dumping que ocurrió durante el período de investigación"; "
además el Departamento aún no ha determinado la metodología del costo de producción necesario para muchas de estas investigaciones" (el original dice "... aún no había determinado" pero pensamos que es un error de tipeo).
La solicitud llega en un contexto complejo.
Dakota del Norte y otros estados de la
Unión están sufriendo este año una de sus peores sequías con temperaturas muy superiores a las normales, por lo que se prevé una merma significativa en la producción de miel en
Estados Unidos. La postergación solicitada avanza sobre el comienzo de la cosecha en el hemisferio sur, retardando la estimación del rango de valores de una sanción incierta. Dicha
Determinación Preliminar es aguardada por toda la cadena comercial de los países investigados, pero también por muchos otros que esperan valores de referencia.
Memorandum sobre terceros países
En el marco de las investigaciones a las empresas de
Argentina, por venta de miel cruda por debajo de un precio justo en los
Estados Unidos, el
Departamento de Comercio estadounidense extendió un memorandum el pasado 11 de agosto anunciando que se compararán los precios de venta de miel importada en los
Estados Unidos en relación al precio de venta a terceros países, como un elemento más de análisis.
El DOC reconoce que, ante la falta de referencia de un mercado de la miel local para las empresas investigadas, es necesario comparar los precios con terceros países. Para ello la discusión se centró en qué mercados comparar con el estadounidense para una miel de "características similares".
Para establecer la similitud o diferenciación del producto inicialmente nominado como "miel cruda" el DOC considera finalmente los siguientes cinco parámetros: color, certificación orgánica, homogeneización, filtrado y origen. Claramente la homogeneización y filtrado escapan a la descripción original de "miel cruda" que los demandantes presentaron como objeto de la investigación para, supuestamente, diferenciarla de la anterior demanda del año 2000 (ver
Espacio Apícola 45https://www.apicultura.com.ar/apis_45.html#B04 - de noviembre de 2000). Aquella fue contra miel de
Argentina y
China, la actual contra miel de
Argentina,
Brasil,
India,
Ucrania y
Vietnam, que en total proveen el 90% de la miel importada en los
Estados Unidos.
Las dos empresas seleccionadas para la investigación por el
DOC fueron
Asociación de Cooperativas Argentinas, ACA, y
Nexco S.A.
ACA presentó documentación suficiente sobre sus ventas a
Bélgica,
Francia y
Japón, proponiendo que el mercado con el cual comparar sus ventas a
Estados Unidos debía ser
Bélgica, según señala el memorandum. Por su parte,
Nexco presentó documentación suficiente sobre sus ventas a
Bélgica,
Alemania,
Italia,
Japón y
España, proponiendo que el mercado con el cual comparar sus ventas a
Estados Unidos debía ser
Alemania, como también expresa el memorandum.
Tras evaluar la tipificación del producto a partir de los parámetros mencionados y además, según el volumen de miel vendido a cada mercado, el
DOC decidió hacer lugar a la propuesta de
Nexco y comparar sus ventas a
Estados Unidos con sus ventas a
Alemania, mientras que en el caso de
ACA desestimó su propuesta y comparará sus ventas a
Estados Unidos con
Japón.
Si bien los precios de venta a
Japón en general son más altos que los precios de venta a
Estados Unidos, los costos serían diferentes según nos lo confirmó una fuente relevante de la cooperativa.
Es llamativo que hasta aquí no se hayan incorporado ni mencionado, en los largos debates sobre la descripción de la "miel cruda", los distintos estándares de residuos de sustancias y productos químicos que cada mercado acepta en la miel. En esto no sólo entran antibióticos o acaricidas de uso apícola, sino también agroquímicos u otras sustancias presentes en el ambiente. Existen distintos criterios de tolerancia a la pirrolizidina (PA), al glifosato o al polen transgénico, por nombrar sólo algunas sustancias que han sido noticia en los últimos años, que hace a la diferencia de precio y hasta la incapacidad de acceder a ciertos mercados y, se trata de condiciones propias de la miel anterior a cualquier proceso tecnológico de homogeneización o filtrado.
En el mismo memorandum el
DOC desestimó una serie de alegaciones de los peticionantes por considerarlas infundadas: "
Encontramos que las alegaciones de los peticionantes diciendo que la miel de ACA importada por Bélgica es re-exportada no tiene fundamento"; "
Encontramos que los peticionantes no enviaron información respecto a la calidad de miel china importada en Bélgica -al igual que en
Alemania-,
por lo tanto no hay registro de evidencia que permita afirmar que el mercado belga -ni el aleman-
están influenciados por la (enunciada) baja calidad de la miel China".
Investigación a productores y acopiadores
En otro orden, este lunes
Nexco y
ACA presentaron a sus cinco acopiadores más importantes para que respondan el cuestionario enviado por el
DOC. Este cuestionario, al que también deben responder un par de apicultores, detalla un pormenorizado análisis de costos y movimientos mensuales de caja durante el período de la investigación (
POI) establecido para las mieles de
Argentina entre abril de 2020 y marzo de 2021.
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Fernando L. Esteban